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Protestos

CONSTITUCIÓN DE EMPRESA
CONSTITUCIÓN DE EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
TRANSFERENCIA DE ACCIONES POR COMPRAVENTA DE S.A.C.
TRANSFERENCIA DE ACCIONES POR DONACIÓN DE S.A.C.
TRANSFORMACIÓN DE E.I.R.L. A S.A.C.
TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD DE UNA EMPRESA POR DONACIÓN (E.I.R.L.)
TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD DE UNA EMPRESA POR COMPRAVENTA (E.I.R.L.)
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS
ACTA CERTIFICADA PARA NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTE LEGAL DE EMPRESA
DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y EXTINCIÓN DE PERSONA JURIDICA: S.A.C., E.I.R.L.
PERSONAS JURIDICAS NO SOCIETARIAS
ACTA CERTIFICADA PARA LA INSCRIPCIÓN DE NUEVA JUNTA DIRECTIVA DE UNA ASOCIACIÓN
CONSTITUCIÓN DE EMPRESA
  • Minuta suscrita por los otorgantes y autorizada por abogado.1
  • DNI de los otorgantes. 2
  • Reserva de nombre de la empresa, que se tramita ante los Registros Públicos (SUNARP), con vigencia de 30 días naturales.3

 

Respecto al aporte de capital de la empresa:

  • Si el aporte del capital se realiza mediante bienes dinerarios, se deberá presentar a la notaría el certificado de depósito de sociedades en formación, expedido por la entidad financiera. 4
  • Si el aporte del capital se realiza mediante bienes no dinerarios, se deberá presentar a la notaría la siguiente documentación:
  • Informe de valorización suscrito por contador público colegiado y habilitado.
  • Declaración jurada de aporte de entrega de bienes no dinerarios.
  • Declaración jurada de recepción de aporte de bienes no dinerarios.

 

1  La minuta deberá contener: objeto social, domicilio social, monto de capital, nombre y el DNI del gerente general.

2 Si el socio es casado y aporta bienes no dinerarios, deberá intervenir su cónyuge. Si el socio es casado y aporta bienes dinerarios, deberá presentar la copia del DNI de su cónyuge.

3  En la notaría se puede realizar la gestión de la reserva de nombre.

4 Con la minuta suscrita por los otorgantes y autorizada por abogado; el gerente general se constituye a la entidad bancaria de su preferencia y realiza el depósito correspondiente al capital pactado.

 

Los requisitos son referenciales, luego de revisar la documentación, la notaría podrá solicitar documentos adicionales.

CONSTITUCIÓN DE EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
    • Minuta suscrita por el titular y autorizada por abogado. 1
    • DNI del titular. 2
    • Reserva de nombre de la empresa, que se tramita ante los Registros Públicos (SUNARP), con vigencia 30 días naturales. 3

     

    Respecto al aporte de capital de la empresa:

    • Si el aporte del capital se realiza mediante bienes dinerarios, se deberá presentar a la notaría el certificado de depósito de sociedades en formación, expedido por la entidad financiera.4
    • Si el aporte del capital se realiza mediante bienes no dinerarios, se deberá presentar la siguiente documentación:
    • Informe de valorización suscrito por un contador público colegiado y habilitado.
    • Declaración jurada de aporte de entrega de bienes no dinerarios.
    • Declaración jurada de recepción de aporte de bienes no dinerarios.

     

    1  La minuta deberá contener: objeto social, domicilio social, monto de capital, nombre y el DNI del gerente general.

    2 Si el titular es casado y aporta bienes no dinerarios, deberá intervenir su cónyuge. Si el titular es casado y aporta bienes dinerarios, deberá presentar la copia del DNI de su cónyuge.

    3  En la notaría se puede realizar la gestión de la reserva de nombre.

    4 Con la minuta suscrita por el titular gerente y autorizada por abogado; el titular gerente se constituye a la entidad bancaria de su preferencia y realiza el depósito correspondiente al capital pactado.

     

    Los requisitos son referenciales, luego de revisar la documentación, la notaría podrá solicitar documentos adicionales.
TRANSFERENCIA DE ACCIONES POR COMPRAVENTA DE S.A.C.
  • Minuta suscrita por el representante legal y autorizada por abogado.
  • Certificado de vigencia de poder actualizado del representante legal, expedido por Registros Públicos (SUNARP).
  • Ficha RUC actualizada emitida por SUNAT.
  • Libro de actas debidamente legalizado (aperturado).
  • Libro matricula de acciones debidamente legalizado (aperturado).
  • Certificado literal actualizado de la partida registral de la empresa, expedido por Registros Públicos (SUNARP).
  • Escritura pública (testimonio) de la constitución de la empresa; y, de ser el caso, escritura pública (testimonio) de modificación de estatutos.
  • Medio de pago bancario de la compraventa de acciones: depósito bancario, transferencia bancaria, cheque de gerencia, etc.
  • Acta de transferencia de acciones, suscrita por los socios. Si algún socio es casado, deberá intervenir con su cónyuge.

 

Los requisitos son referenciales, luego de revisar la documentación, la notaría podrá solicitar documentos adicionales.

TRANSFERENCIA DE ACCIONES POR DONACIÓN DE S.A.C.
  • Minuta suscrita por los otorgantes y autorizada por abogado.
  • DNI de los otorgantes. 1
  • Certificado de vigencia de poder actualizado del representante legal, expedida por Registros Públicos (SUNARP).
  • Ficha RUC actualizada emitida por SUNAT.
  • Libro de actas debidamente legalizado (aperturado).
  • Libro matrícula de acciones debidamente legalizado (aperturado).
  • Certificado literal actualizado de la partida registral de la empresa, expedido por Registros Públicos (SUNARP).
  • Escritura pública (testimonio) de la constitución de la empresa; y, de ser el caso, escritura pública (testimonio) de modificación de estatutos.
  • Acta de transferencia de acciones, suscrita por los otorgantes. Si algún socio es casado, deberá intervenir con su cónyuge.

 

1 Si el socio transferente es casado, deberá intervenir su cónyuge. Si el socio adquiriente es casado, no interviene su cónyuge.

 

Los requisitos son referenciales, luego de revisar la documentación, la notaría podrá solicitar documentos adicionales.

TRANSFORMACIÓN DE E.I.R.L. A S.A.C.
  • Minuta suscrita por los otorgantes y autorizada por abogado.
  • DNI de los otorgantes. 1
  • Certificado de vigencia de poder actualizado del representante legal, expedida por Registros Públicos (SUNARP).
  • Ficha RUC actualizada emitida por SUNAT.
  • Libro de actas debidamente legalizado (aperturado).
  • Certificado literal actualizado de la partida registral de la empresa, expedido por Registros Públicos (SUNARP).
  • Escritura pública (testimonio) de la constitución de la empresa; y, de ser el caso, escritura pública (testimonio) de modificación de estatutos.
  • Medio de pago bancario de la compraventa: depósito bancario, transferencia bancaria, cheque de gerencia, etc.
  • Acta suscrita por los contratantes.
  • Estado de situación financiera (antes denominado balance general), suscrito por un contador público colegiado.
  • Forma de aporte en el caso de inclusión de nuevos socios: certificado de depósito, informe de valorización, entre otros.
  • Publicaciones realizadas en el diario encargado de los avisos judiciales del domicilio de la empresa (tres veces).

 

1 En la notaría se verificará si es necesario la intervención del cónyuge de los contratantes.

Los requisitos son referenciales, luego de revisar la documentación, la notaría podrá solicitar documentos adicionales.

TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD DE UNA EMPRESA POR DONACIÓN (E.I.R.L.)
  • Minuta suscrita por el titular y autorizada por abogado. 1
  • DNI del titular transferente y del adquiriente.
  • Certificado literal actualizado de la partida registral de la empresa, expedido por Registros Públicos (SUNARP).
  • Escritura pública (testimonio) de la constitución de la empresa; y, de ser el caso, escritura pública (testimonio) de modificación de estatutos.
  • Certificado de vigencia de poder actualizado del representante legal, expedida por Registros Públicos (SUNARP).
  • Ficha RUC actualizada emitida por SUNAT.
  • Libro de actas debidamente legalizado (aperturado).
  • Acta de transferencia.
  • Estado de situación financiera (antes denominado balance general), suscrito por contador público colegiado, con fecha de un día anterior a la fecha de la minuta.

 

1 En la notaría se verificará si es necesario la intervención del cónyuge de los contratantes.

Los requisitos son referenciales, luego de revisar la documentación, la notaría podrá solicitar documentos adicionales.

TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD DE UNA EMPRESA POR COMPRAVENTA (E.I.R.L.)
  • Minuta suscrita por el titular y autorizada por abogado. 1
  • DNI del titular transferente y del adquiriente.
  • Certificado literal actualizado de la partida registral de la empresa, expedido por Registros Públicos (SUNARP)
  • Escritura pública (testimonio) de la constitución de la empresa; y, de ser el caso, escritura pública (testimonio) de modificación de estatutos.
  • Certificado de vigencia de poder actualizado del representante legal, expedida por Registros Públicos (SUNARP).
  • Ficha RUC actualizada emitida por SUNAT.
  • Libro de actas debidamente legalizado (aperturado).
  • Acta de transferencia.
  • Estado de situación financiera (antes denominado balance general), suscrito por un contador público colegiado, con fecha de un día anterior a la fecha de la minuta.
  • Medio de pago bancario de la compraventa de acciones: depósito bancario, transferencia bancaria, cheque de gerencia, etc.

 

1 En la notaría se verificará si es necesario la intervención del cónyuge de los contratantes.

Los requisitos son referenciales, luego de revisar la documentación, la notaría podrá solicitar documentos adicionales.

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS
  • Minuta suscrita por el representante legal y autorizada por abogado.
  • Certificado de vigencia de poder actualizado del representante legal, expedido por Registros Públicos (SUNARP).
  • Ficha RUC actualizada emitida por SUNAT.
  • Libro de actas debidamente legalizado (aperturado).
  • Certificado literal actualizado de la partida registral de la empresa, expedido por Registros Públicos (SUNARP).
  • Escritura pública (testimonio) de la constitución de la empresa; y, de ser el caso, escritura pública (testimonio) de modificación de estatutos.
  • Acta con el acuerdo de la modificación de los estatutos.

Los requisitos son referenciales, luego de revisar la documentación, la notaría podrá solicitar documentos adicionales.

ACTA CERTIFICADA PARA NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTE LEGAL DE EMPRESA
  • Acta de asamblea de nombramiento de representante (gerente general, gerente comercial, nombramiento de directorio, entre otros).
  • Certificado literal actualizado de la partida registral de la empresa, expedido por Registros Públicos (SUNARP).
  • Certificado de vigencia de poder actualizado del representante legal de la empresa, expedido por Registros Públicos (SUNARP).
  • Ficha RUC actualizada emitida por SUNAT.
  • Libro de actas, debidamente legalizado (aperturado), que contenga el acta de nombramiento de representante.
  • Copia de DNI del nuevo representante legal.
  • DNI del gerente general inscrito.
  • Constancia de quorum, debidamente firmada por el representante legal.
  • Constancia de convocatoria, debidamente firmada por el representante legal.

 

Los requisitos son referenciales, luego de revisar la documentación, la notaría podrá solicitar documentos adicionales.

DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y EXTINCIÓN DE PERSONA JURIDICA: S.A.C., E.I.R.L.

PRIMERA ETAPA: DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

  • Minuta suscrita por los otorgantes y autorizada por abogado.
  • DNI de los otorgantes.
  • Certificado literal actualizado de la partida registral de la empresa, expedido por Registros Públicos (SUNARP).
  • Ficha RUC actualizada emitida por SUNAT.
  • Libro de actas debidamente legalizado (aperturado).
  • Escritura pública (testimonio) de la constitución de la empresa; y, de ser el caso, escritura pública (testimonio) de modificación de estatutos.
  • Estado de situación financiera (antes denominado balance general), suscrito por un contador público colegiado.
  • Acta de decisión donde se acuerde disolver y liquidar la empresa y nombramiento de un liquidador.
  • Publicaciones realizadas en el diario encargado de los avisos judiciales del domicilio de la empresa (tres veces), dentro de los 10 días de aprobado el acuerdo de disolución y liquidación

 

SEGUNDA ETAPA: EXTINCIÓN

  • Solicitud con firma legalizada del liquidador.
  • DNI del liquidador.
  • Estado de situación financiera (antes denominado balance general), suscrito por el liquidador y un contador público colegiado.
  • Publicación realizada en el diario encargado de los avisos judiciales del domicilio de la empresa (única vez).
  • Libro de actas debidamente legalizado (aperturado).
  • Acta de decisión de extinción del liquidador.
PERSONAS JURIDICAS NO SOCIETARIAS

CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN

  • Minuta suscrita por el presidente de la asociación y autorizada por abogado.
  • DNI de los miembros de la junta directiva.
  • Reserva de nombre, que se tramita ante los Registros Públicos (SUNARP), con vigencia de 30 días naturales. 1
  • El acta de constitución de la asociación, debidamente firmada por los asistentes (nombres completos, N° de DNI, firma y huella dactilar). 2
  • Libro de actas debidamente legalizado (aperturado). 3
  • Libro padrón de asociados, debidamente legalizado (aperturado).

 

1  En la notaría se puede realizar la gestión de la reserva de nombre.

2 El Acta de constitución de la asociación, debe contener: los cargos directivos, periodo del mandato de la junta directiva, fines y objetivos, y domicilio de la asociación, entre otros. Esta información deberá ser entregada a la notaría de manera física y virtual en una memoria USB.

3  El Libro de actas se legaliza para ser utilizado.

 

Los requisitos son referenciales, luego de revisar la documentación, la notaría podrá solicitar documentos adicionales.

ACTA CERTIFICADA PARA LA INSCRIPCIÓN DE NUEVA JUNTA DIRECTIVA DE UNA ASOCIACIÓN
  • Acta de asamblea de elección de junta directiva.
  • Certificado literal actualizado de la partida registral de la asociación, expedido por Registros Públicos (SUNARP).
  • Certificado de vigencia de poder actualizado del representante legal de la asociación, expedida por Registros Públicos (SUNARP).
  • Ficha RUC actualizada emitida por SUNAT.
  • Libro de actas, debidamente legalizado (aperturado), que contenga el acta de asamblea de elección de junta directiva.
  • Libro padrón de asociados, debidamente legalizado (aperturado).
  • Copia de DNI de los nuevos directivos.
  • DNI del presidente saliente.
  • Constancia de quorum, debidamente firmada por el presidente saliente.
  • Constancia de convocatoria, debidamente firmada por el presidente saliente.
  • Si se realizará el reconocimiento de las juntas directivas, deberán presentar copia del DNI del último presidente inscrito.

 

Los requisitos son referenciales, luego de revisar la documentación, la notaría podrá solicitar documentos adicionales

  • Horarios Lunes - Viernes 8:00 - 13:00 / 14:30 - 18:30
  • Horarios Sábados 08:00 - 13:00
  • Mesa de Partes +51 923 644 032
  • Casos +51 970 385 222
  • notariasantisteban@gmail.com

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