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COMPRAVENTA DE VEHÍCULO
DONACIÓN DE VEHÍCULO
COMPRAVENTA DE VEHÍCULO
  • DNI de los contratantes.
  • Boleta informativa del vehículo, expedida por Registros Públicos (SUNARP).1
  • Tarjeta de propiedad del vehículo.
  • SOAT vigente del vehículo.
  • Medio de pago bancario de la compraventa: depósito bancario, transferencia bancaria, cheque de gerencia, etc.
  • De ser el caso, el comprobante de pago anual del impuesto al patrimonio vehicular.2

EN LA NOTARÍA SE VERIFICARÁ SI EL VENDEDOR SE ENCUENTRA OBLIGADO A LA PRESENTACIÓN DEL PAGO DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR.

1   En la notaría se puede realizar la gestión de la boleta informativa del vehículo.

2 La transferencia de mototaxis, motocicletas y motos cargueras no pagan el impuesto al patrimonio vehicular.

 

INFORMACIÓN A TENER EN CUENTA:

  • Si alguno de los contratantes se encuentra representado por un apoderado, se deberá presentar el certificado de vigencia de poder actualizado, expedido por Registros Públicos (SUNARP).
  • Si alguno de los contratantes es una persona jurídica, el representante legal deberá presentar el certificado de vigencia de poder actualizado, expedido por Registros Públicos (SUNARP); y, la ficha RUC actualizada emitida por SUNAT.
    • Si alguno de los contratantes, se encuentra acogido al régimen de separación de patrimonios, deberá presentar el certificado literal actualizado de la partida registral, expedido por Registros Públicos (SUNARP).
  • Si alguno de los contratantes es extranjero, deberá presentar el carnet de extranjería.
  • El impuesto al patrimonio vehicular se cancela los tres primeros años posteriores a la adquisición del vehículo, en la municipalidad del domicilio del propietario (vendedor).

 

Los requisitos son referenciales, luego de revisar la documentación, la notaría podrá solicitar documentos adicionales.

DONACIÓN DE VEHÍCULO
  • DNI de los contratantes.
  • Boleta informativa del vehículo, expedida por Registros Públicos (SUNARP). 1
  • Tarjeta de propiedad del vehículo.
  • SOAT vigente del vehículo.
  • De ser el caso, el comprobante del pago anual del impuesto al patrimonio vehicular. 2

EN LA NOTARÍA SE VERIFICARÁ SI EL DONANTE ESTÁ OBLIGADO A LA PRESENTACIÓN DEL COMPROBANTE DE PAGO DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR.

 

1   En la notaría se puede realizar la gestión de la boleta informativa del vehículo.

2 La transferencia de mototaxis, motocicletas y motos cargueras no pagan el impuesto al patrimonial vehicular.

 

INFORMACIÓN A TENER EN CUENTA:

  • Si alguno de los contratantes se encuentra representado por un apoderado, se deberá presentar el certificado de vigencia de poder actualizado, expedido por Registros Públicos (SUNARP).
  • Si alguno de los contratantes es una persona jurídica, el representante legal deberá presentar el certificado de vigencia de poder actualizado, expedido por Registros Públicos (SUNARP); y, la ficha RUC actualizada emitida por SUNAT.
    • Si el transferente del, se encuentra acogido al régimen de separación de patrimonios, deberá presentar el certificado literal actualizado de la partida registral, expedido por Registros Públicos (SUNARP).
  • Si alguno de los contratantes es extranjero, deberá presentar el carnet de extranjería.
  • El impuesto al patrimonio vehicular se paga los tres primeros años posteriores a la adquisición del vehículo, en la municipalidad del domicilio del propietario (vendedor).

 

Los requisitos son referenciales, luego de revisar la documentación, la notaría podrá solicitar documentos adicionales.

  • Horarios Lunes - Viernes 8:00 - 13:00 / 14:30 - 18:30
  • Horarios Sábados 08:00 - 13:00
  • Mesa de Partes +51 923 644 032
  • Casos +51 970 385 222
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